Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2185/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
II.6.
II.6. El Auto de Vista de 8 de marzo de 1995, por el que la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, confirmó la Sentencia en lo que corresponde al recurrente Hugo Ernesto Monasterio Suárez, (fs. 73 a 74 vta.) adquirió ejecutoria en vista a que, el expediente, fue devuelto de la Corte Suprema de Justicia, con el Auto Supremo 108 de 6 de febrero de 1996, se suprimió la consulta y/o revisión por la Ley 1685 de 2 de febrero de 1996 y por no haberse interpuesto recurso de casación por las partes (fs. 76).
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- a)
- improcedente
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de libertad,
- ordenar la tutela
- III.3.
- Fragmento 22
- Fragmento 23
- APROBAR