Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2185/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
II.4.
II.4. El 11 de septiembre de 1993, el Oficial de Diligencias del Juzgado Primero de Partido de Sustancias Controladas del Distrito Judicial de Santa Cruz, informó no haber dado con el paradero de Hugo Ernesto Monasterio Suárez (fs. 13); razón por la cual el 15 del mismo mes y año, el Tribunal del Juzgado Primero de Partido de Sustancias Controladas del mismo Distrito Judicial, lo declaró rebelde y contumaz, designando abogado defensor a Guido Ribera Méndez (fs. 14 a 16).
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- a)
- improcedente
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de libertad,
- ordenar la tutela
- III.3.
- Fragmento 22
- Fragmento 23
- APROBAR