SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2207/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
El presente expediente fue recibido en el Tribunal Constitucional el 22 de agosto de 2008; sin embargo, ante las renuncias de Magistrados suscitadas en diciembre de 2007, este órgano quedó sin quórum, produciendo una paralización en la resolución de causas; no obstante ello y en virtud a la reciente designación de nuevas autoridades en el marco de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, denominada Ley de Necesidad de Transición a los Nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Público, por Acuerdo Jurisdiccional 001/2010 de 8 de marzo, el Pleno resolvió el reinicio de los cómputos; en consecuencia, la causa fue sometida a sorteo el 28 de septiembre de 2010, por lo que la presente Resolución es pronunciada dentro de plazo.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Personas recurridas y petitorio
- Fragmento 5
- i)
- I.2.3. Resolución
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- demandada
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3. La protección inmediata a través de esta vía ante la existencia de vías de hecho previo cumplimiento de exigencias
- Fragmento 17
- III.4.
- III.5.
- III.6.
- “no ha lugar a la procedencia”,
- REVOCAR