Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2209/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
II.2.
II.2. Realizada la audiencia de medidas cautelares el 4 de marzo de 2008, el Juez Noveno de Instrucción en lo Penal, emitió el Auto Interlocutorio 132/2008 de la misma fecha, disponiendo la detención preventiva del imputado al evidenciar que concurren la probable autoría y el riesgo procesal de peligro de fuga contenido en el art. 234. 5 del CPP, por la actitud asumida por el imputado respecto al daño que ocasionó a la menor y víctima; asimismo, el peligro de obstaculización previsto en el art. 235. 2 por la influencia que podría ejercer sobre la menor y familiares estando en libertad (fs. 19 a 21).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- Fragmento 6
- Fragmento 7
- Fragmento 8
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de libertad
- ordenar la tutela
- III.3. Naturaleza jurídica del recurso de la acción de libertad
- y la fundamentación o motivación de las resoluciones judiciales
- Fragmento 18
- III.4. Análisis del caso específico
- 2º