SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2255/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
a)
Con esos antecedentes, interpone recurso de amparo constitucional contra Nancy Bustillos de Altuzarra, Presidenta; Carlos Blanco, Juez Técnico; Jesús Guzmán Ledezma, Raúl Jaime Arteaga Romero y Olga Justa Miriam Arévalo Quiroz de Encinas, Jueces Ciudadanos, todos del Tribunal Quinto de Sentencia del Distrito Judicial de La Paz; solicitando: a) Declare la nulidad del Auto de 1 de junio de 2008 y su correspondiente resolución complementaria; b) Se ordene a las autoridades recurridas, dar estricto cumplimiento al art. 405 del CPP, en tal sentido se disponga que remitan en el día su recurso de apelación a la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz; y, c) Se disponga responsabilidades a las autoridades recurridas.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Naturaleza jurídica de la acción amparo constitucional y su carácter subsidiario
- III.4. El debido proceso y el derecho a la defensa en la jurisprudencia constitucional
- “
- Fragmento 21
- correspondiendo en su caso hacer reserva de apelación restringida
- III.6.1.
- apelación restringida
- recurso de apelación restringida
- 19 de mayo de 2008
- impetrando se remitan antecedentes a la Corte Superior de Justicia para que revoque el Auto de 19 de mayo de 2008 y declare la extinción de la acción penal,
- III.6.2.
- no
- APROBAR