SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2255/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2255/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

III.6.2.

III.6.2. Es así que en observancia a la jurisprudencia establecida por este Tribunal Constitucional que expresa: ”…ante el rechazo de la excepción opuesta no correspondía la apelación incidental y, sino que los recurrentes debieron formular reserva de recurrir de la decisión a través de la apelación restringida, habilitándose así para reclamar ante el superior en grado las supuestas irregularidades en que se hubiesen incurrido con motivo de la valoración de la prueba respecto a la excepción planteada, por lo que habiendo tenido a su alcance este recurso ordinario en defensa de sus derechos, el recurso de amparo constitucional planteado deviene en improcedente dado el carácter subsidiario del recurso, que no es sustitutivo ni alternativo de los medios y recursos ordinarios de protección, circunstancia que además impide ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada” (SC 0762/2007-R de 24 de septiembre).