Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2274/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
II.4.
II.4. El Juez Séptimo de Sentencia del Distrito Judicial de Santa Cruz, mediante Auto de 2 de abril de 2008, rechazó las excepciones de prescripción de la acción interpuestas por los querellados Nelly Irene Mustafá Vda. de Quinteros y José Antonio Mendieta Sandoval, argumentando principalmente que la acción hubiese prescrito el 15 de noviembre de 2006, si no se hubiera interrumpido con la denuncia del 2 de septiembre de 2005 y la imputación del 22 de mayo de 2006 (fs. 805 a 807).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- “accionante”,
- “conceder”,
- III.3. Naturaleza jurídica del amparo constitucional y alcance de la tutela respecto a la interpretación de la legalidad ordinaria como atribución privativa de la jurisdicción común
- III.4. El caso en análisis
- REVOCAR