Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2274/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
REVOCAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 4 y 6 de La Ley 003 de 13 de febrero de 2010, denominada Ley de Necesidad de Transición a los Nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Publico; 7 inc. 8) y 102.V de la LTC, en revisión, resuelve REVOCAR la Resolución 58 de 13 de noviembre de 2008, cursante de fs. 897 a 898 vta., pronunciada por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz; y en consecuencia DENIEGA la tutela solicitada, con la aclaración que no se ingresó al fondo de la problemática planteada.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- “accionante”,
- “conceder”,
- III.3. Naturaleza jurídica del amparo constitucional y alcance de la tutela respecto a la interpretación de la legalidad ordinaria como atribución privativa de la jurisdicción común
- III.4. El caso en análisis
- REVOCAR