SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2301/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2301/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

La recurrente alega que las autoridades recurridas vulneraron los derechos de sus hijos a la libertad física, a la libre locomoción y al debido proceso, puesto que procedieron a trasladar a sus hijos menores de edad a un hogar de acogimiento, por existir una supuesta denuncia de maltrato en su contra; sin embargo, nunca se la notificó con denuncia alguna, habiendo transcurrido más de siete días sin saber sobre su paradero, así como tampoco se puso en conocimiento sobre este hecho, a la autoridad competente dentro del plazo de veinticuatro horas, no obstante que el art. 44 del CNNA, concordante con el art. 21 de su Reglamento, previenen que en caso de acogimiento la comunicación debe practicarse dentro de las setenta y dos horas. En consecuencia, en revisión de la Resolución dictada por el Juez de garantías, corresponde dilucidar si tales extremos son evidentes y si constituyen persecución, aprehensión, procesamiento o apresamiento indebidos o ilegales, a fin de otorgar o denegar la tutela solicitada.