Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2321/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
El recurrente, ratificó el recurso planteado, y lo amplió señalando que, no obstante que su representado se presentó voluntariamente ante el Ministerio Público el 30 de mayo de 2008, la Jueza Séptima de Instrucción en lo Penal, dispuso su detención preventiva, cuya cesación fue reiteradamente solicitada y rechazada por los recurridos a pesar de haber desvirtuado los riesgos procesales y que por otra parte la jurisprudencia constitucional establece que la conducta del imputado a momento de su detención, sólo puede ser evaluada a efectos de disponer su detención preventiva, pero no para resolver la solicitud de cesación de la misma.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- 1)
- i)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de libertad,
- ordenar la tutela
- Fragmento 16
- III.3. Análisis del caso