SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2336/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2336/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

Mediante Ley 2626 de 22 de diciembre de 2003, se estableció un nuevo “Programa Transitorio, Voluntario y Excepcional para el Tratamiento de Adeudos Tributarios en Mora”, que dispone en su art. 10: “Se excluye de este programa a las empresas capitalizadas”; disponiendo el art. 2 del Decreto Supremo (DS) 27369 de 17 de febrero de 2004, que reglamento la Ley 2626: “En aplicación de lo dispuesto por el Artículo 10 de la Ley 2626, quedan excluidas del Programa Transitorio, Voluntario y Excepcional, las empresas sometidas al proceso de capitalización, al amparo de lo dispuesto por la Ley 1544 de 21 de marzo de 1994 Ley de Capitalización y sus correspondientes Decretos Supremos” (sic).

Señala que no obstante a lo dispuesto por la normas precitadas, el 13 y 14 de mayo de 2004, la Empresa Lloyd Aéreo Boliviano S.A. (LAB S.A.), presentó ante la Gerencia de Grandes Contribuyentes (GRACO) del Distrito de Cochabamba, dependiente del Servicio de Impuestos Internos (SIN), solicitud de acogimiento al referido Programa, la que fue rechazada por la Administración Tributaria, mediante Resolución Administrativa (RA) 31/2004 de 31 de mayo, amparado en lo establecido por el art. 10 de la Ley 2626 y art. 2 de su Decreto Supremo reglamentario.