Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2349/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
II.4.
En la misma fecha, el recurrente, ante el Fiscal donde formuló la querella, solicitó la remisión y acumulación del cuaderno de investigación realizada por la Fiscal Dorys Rivero, ahora recurrida, motivando que se disponga la remisión de antecedentes ante la Fiscal Directora de las investigaciones, quien mediante proveído de 27 de marzo de 2007, dispuso se franqueen las fotocopias solicitadas, señalando que otros documentos requeridos fueron remitidos a su despacho cuando el caso se hallaba debidamente rechazado (fs. 51 a 54).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- Fragmento 5
- concede
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de amparo constitucional”
- “accionante”
- personal
- 1)
- más aún cuando la resolución a impugnar, como se ha referido, tiene el carácter de definitiva para el accionante quien al ser la víctima de los presuntos ilícitos imputados, goza del derecho universal a recurrir de las resoluciones que le afecten en sus derechos fundamentales,
- concedido
- APROBAR