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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2355/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2355/2010-R

    Fecha: 19-Nov-2010

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    • recurso
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
    • a)
    • 1)
    • i)
    • procedente
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
    • III.2. Términos procesales en la acción de libertad
    • acciones de defensa
    • ordenar la tutela
    • III.3. La fundamentación de la imputación formal y su relevancia en las resoluciones de medidas cautelares
    • se extrae que la fundamentación de la solicitud de aplicación de la detención preventiva, es un requisito de validez de la resolución judicial; fundamentación que
    • esta necesaria fundamentación resulta exigible ante la necesidad de que el imputado a tiempo de asumir conocimiento de la imputación formal a través de la respectiva notificación, conozca los fundamentos de la solicitud, a efecto de que en ejercicio de su derecho a la defensa,
    • será ilegal toda resolución que disponga la detención preventiva de un imputado sin que la misma se sustente en el pedido fundado del fiscal o del querellante
    • en lo que se refiere a la solicitud de medidas cautelares, está íntimamente vinculada con la libertad, pues, sin este requisito de validez, el juzgador no podrá aplicar la medida cautelar de detención preventiva -salvo que esta omisión sea suplida por el querellante y actualmente la víctima.
    • en los casos en que se aplique la detención preventiva u otra medida cautelar, es imprescindible que exista solicitud fundamentada del fiscal o del querellante
    • a) La aplicación de una medida cautelar exige necesariamente, además de la imputación formal, de una solicitud formulada por el Ministerio Público, la parte querellante e incluso la víctima
    • Fragmento 26
    • III.5. Problema jurídico planteado
    • Fragmento 28
    • las mismas, no son extensivas para el trámite de los recursos interpuestos respecto a las medidas cautelares de carácter personal,
    • La actuación de los vocales demandados
    • Por tanto

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