SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2378/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2378/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

Fragmento 21

Durante este periodo de investigaciones, el art. 308 del CNNA, refiere que el Fiscal, se encuentra facultado, en los casos que el adolescente se encuentre aprehendido, o solicitará al Juez la ratificación de la medida adoptada dentro de las  veinticuatro  horas de producida la aprehensión, si considera que el menor debe permanecer en esa situación jurídica.