Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2378/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
II.9.
II.9. Por memorial de 6 de junio de 2008, presentado por R.CH.A., dirigido al Juez de Partido de Sentencia y Liquidación de las Provincias Pantaleón Dalence y Poopó con asiento en Huanuni, interpone incidente de nulidad por defecto absoluto, mereciendo decreto de 10 de junio del mismo año, disponiendo traslado a las partes para que respondan en el plazo de setenta y dos horas (fs. 9 a 12).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- a)
- i)
- procedente
- II.3.
- II.7.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- “recurso de hábeas corpus”
- “conceder la tutela”
- la subsidiariedad con carácter excepcional del recurso de hábeas corpus
- III.4. Respecto a la normativa legal aplicable al caso de autos
- a partir del momento en que recibe la acusación
- 4.
- Fragmento 21
- III.5. Análisis del caso denunciado
- APROBAR