SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2380/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2380/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

I.2.3. Informe del tercero interesado

Manifiesta, que el remate señalado el 15 de noviembre del presente año, se sustenta en una resolución dictada por la Sala Social y Administrativa y esa resolución revocó la resolución de la Jueza a quo, que declaró probada la tercería y consiguientemente subsiste el embargo de los bienes embargados con antelación, las pruebas adjuntadas por los trabajadores han sido valoradas por el Tribunal y en esta situación, hay que valorar dos aspectos, que son actos jurídicos entre personas particulares, como son la transferencia de estos bienes, inicialmente por la empresa EBBA al Banco UNION S.A. y luego por el Banco Unión al Banco BISA S.A. y una medida precautoria que es el embargo, la Jueza debió valorar cual tiene más relevancia jurídica, si los actos entre particulares o las medidas jurisdiccionales, puesto que por el mandato del art. 517 del CPC, el remate no se puede suspender por ningún recurso ordinario ni extraordinario.