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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2395/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2395/2010-R

    Fecha: 19-Nov-2010

    II.2.

    II.2.  Por decreto de 20 de enero de 2009, el Juez recurrido, determinó que los recurrentes previamente conforme a los “…art. 7-II y 11 punto segundo del Acuerdo N° 144/04 emitido por la Excma. Corte Suprema y Consejo de la Judicatura; deben dar cumplimiento con el pago de la multa impuesta por el TS-2LP en la Res. N° 03/2009” (sic) (fs. 40 vta. y 41).

    • recurso de hábeas corpus,
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
    • a)
    • 1)
    • rechazó”
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
    • en el orden procesal en lo atinente a la terminología de esta acción tutelar
    • naturaleza jurídica de la acción de libertad
    • subsidiariedad de la acción de hábeas corpus,
    • Fragmento 15
    • como también su cesación
    • b)
    • III.3. Análisis del caso de autos
    • REVOCAR

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