SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2395/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los recurrentes, ahora accionantes, alegan la vulneración de su derecho a la libertad, puesto que solicitaron al Juez demandado la cesación de su detención preventiva, pero la autoridad denunciada en vez de dar curso a la misma, determinó que previamente debían cancelar la multa impuesta a raíz de un incidente de recusación interpuesto por los mismos. Cancelada la multa, nuevamente presentaron la misma solicitud, que tampoco fue atendida con la prontitud debida, sino que el Juez denunciado espero once días para determinar la misma; sin embargo, en dicho plazo dispuso la prosecución del juicio imprimiéndole una celeridad inusual. Provocando con todo ello la prolongación de manera ilegal de su detención preventiva. Por consiguiente, corresponde en revisión dilucidar si tales extremos son evidentes, a fin de otorgar o denegar la tutela solicitada.
- recurso de hábeas corpus,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- 1)
- rechazó”
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- en el orden procesal en lo atinente a la terminología de esta acción tutelar
- naturaleza jurídica de la acción de libertad
- subsidiariedad de la acción de hábeas corpus,
- Fragmento 15
- como también su cesación
- b)
- III.3. Análisis del caso de autos
- REVOCAR