SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2395/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
REVOCAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 4 y 6 de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, denominada Ley de Necesidad de Transición a los Nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Público; 7 inc. 8) y 93 de la Ley del Tribunal Constitucional, en revisión, resuelve REVOCAR la Resolución 01/2009 de 2 de febrero, cursante de fs. 45 a 47, pronunciada por la Jueza Cuarta de Sentencia del Distrito Judicial de La Paz; y en consecuencia, CONCEDE la tutela solicitada; disponiendo se lleve a cabo la audiencia a la brevedad posible conforme a los razonamientos expuestos en la presente resolución; salvo que la situación jurídica ya hubiese sido definida.
- recurso de hábeas corpus,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- 1)
- rechazó”
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- en el orden procesal en lo atinente a la terminología de esta acción tutelar
- naturaleza jurídica de la acción de libertad
- subsidiariedad de la acción de hábeas corpus,
- Fragmento 15
- como también su cesación
- b)
- III.3. Análisis del caso de autos
- REVOCAR