SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2396/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2396/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

I.2.1.

El representante del recurrente, por medio de su abogado, ratificó los términos del recurso, y ampliando señaló que existe un garante solidario para hacerse cargo de los gastos de curación y que se le otorgó alta médica el 9 de septiembre de 2008, por lo que se pidió una explicación respecto a los trámites para abandonar el hospital, indicándoles que previamente se debía cancelar el monto adeudado. Señaló que pese a que ya no recibe ninguna atención médica, continúa hospitalizado.  Aclaró que la alta médica se la solicitó verbalmente y que no se la concedió  expresamente.