Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2416/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
II.5.
II.5. Del certificado de 21 de octubre de 2008, expedido por la Directora Distrital de Migración del Ministerio de Gobierno de Oruro, consta que Josué Crispín Choquecallata, se encuentra arraigado desde el 20 de octubre de 2008, por orden del Juez de Instrucción Ordinario Cautelar Liquidador en lo Penal de Huanuni (fs. 4).
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 4
- a)
- i)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- en el orden procesal en lo atinente a la terminología de esta acción tutelar
- 0489/2010-R
- III.3. Análisis del caso concreto
- acredita el arraigo del accionante, recién fue presentado en la audiencia de la acción de libertad que fue realizada el 22 de octubre de 2008;
- APROBAR