SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2453/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
Los abogados del recurrente ratificaron su demanda y la ampliaron señalando que la parte demandante, solicitó se libre nuevo mandamiento de apremio contra Claudio Fernández Fawaz, sin tener en cuenta la existencia de prueba contundente, de que él ya no era representante legal de la empresa, cursando a “fs. 187 a 190” un poder amplio, bastante y suficiente conferido por la empresa SISTECO a favor de Freddy Fiorilo Plaza designándolo como representante legal; asimismo, a “fs. 201 y vta.”, cursa un Auto en cuya parte resolutiva señala que: “la impersonería se debió plantear, porque nosotros presentamos un impersonería de ese proceso en el que solicitamos que no se lo tenga como representante legal al señor Claudio Fernández, porque en realidad el representante legal de la Empresa era Freddy Fiorilo y el señor Juez Dr. Severo Hurtado dice que no era el momento apropiado de presentar la impersonería, siendo que en el proceso en el año 2004 cuando el señor Claudio Fernández dejó de ser representante legal se encontraba en la etapa de casación” (sic).
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- en el orden procesal en lo atinente a la terminología de esta acción tutelar
- III.2. En cuanto al apremio del
- A contrario sensu, cuando no sea aceptada la personería de la persona que se presente alegando ser el nuevo representante legal, es lógico que el mandamiento de apremio emitido o por emitirse deberá ser ejecutado contra los representantes que asumieron defensa por la persona jurídica demandada'.
- constituye requisito procesal inexcusable el apersonamiento del nuevo apoderado y la aceptación de la personería por parte del juez de la causa
- III.3. Análisis del caso concreto
- señaló como nuevo representante de la empresa demandada a Freddy Fiorilo Plaza, habiéndose incluso notificado a esta persona; sin embargo, éste no se apersonó al proceso
- en materia laboral las demandas están dirigidas contra la empresa y no contra su representante legal
- Fragmento 19
- APROBAR