SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2455/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
Fragmento 13
Respecto al derecho a la dignidad humana, la SC 0338/2003-R de 19 de marzo, la ha definido como aquel derecho: “…que tiene toda persona por su sola condición de 'humano', para que se la respete y reconozca como un ser dotado de un fin propio, y no como un medio para la consecución de fines extraños, o ajenos a su realización personal. La dignidad es la percepción de la propia condición humana, y de las prerrogativas que de ella derivan”. Por su parte la SC 0013/2005-R de 3 de enero, dispone que la restricción, supresión o amenaza del derecho a la dignidad humana, “…supone el desconocimiento de la condición humana y del fin propio de cada persona, para la consecución de fines ajenos a su realización personal, en ese sentido ese desconocimiento deberá estar debidamente demostrado…”, entendimiento que no difiere de la concepción que en relación a la “dignidad humana” y de “vida digna”, ha sido diseñada en el nuevo modelo constitucional.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- 1)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- este Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- Fragmento 13
- derecho a la igualdad
- derecho de petición
- SC 0187/2010-R
- SC 570/2010-R de 12 de julio
- III.3. Análisis del caso concreto
- APROBAR