SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2497/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2497/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

II.2.

II.2. Elevada en consulta dicha Resolución, la Sala de Apelaciones y Consulta del Tribunal Supremo de Justicia Militar, mediante Resolución 09/2008 de 17 de noviembre, revocó la Resolución de libertad provisional con el argumento de que el beneficio de libertad no procede tratándose de delitos que merecen pena privativa de libertad mayor a cinco años, y el delito de destrucción de materia de guerra por el que se encuentra sometido a proceso el imputado tiene una pena de cinco a veinte años. Asimismo, es improcedente la libertad cuando existen indicios de haber cometido delitos contra la seguridad del Estado. (fs. 11 y vta.).