Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2569/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
criterio restrictivo y se ejecutarán de modo que perjudiquen lo menos posible a la persona y reputación de los afectados.
Es en el ámbito de dichas normas rectoras para la aplicación de las medidas cautelares, que deben ser entendidas la reglas sobre la detención preventiva, los supuestos de cesación de la misma, sus requisitos y las circunstancias para considerar los riesgos procesales, las mismas que deben ser valoradas integralmente por los juzgadores.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- I.2.2. Informe del Funcionario Policial recurrido
- improcedente
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de libertad
- acciones de defensa
- ordenar la tutela
- III.3. El derecho a la libertad física o personal y las condiciones de validez para su restricción
- “esas medidas
- criterio restrictivo y se ejecutarán de modo que perjudiquen lo menos posible a la persona y reputación de los afectados.
- III.4. El caso en análisis
- la restricción al derecho a la libertad sólo será válida si se respetan las formas establecidas por ley
- La ejecución del mandamiento requerirá que éste emane de autoridad competente y que sea emitido por escrito,
- Por tanto