Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2569/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
I.2.2. Informe del Funcionario Policial recurrido
Lucio Medrano, señaló que como policía judicial sólo cumplió las órdenes de los Vocales, quienes una vez concluida la audiencia de medidas cautelares, dichas autoridades le ordenaron conducir a celdas de la Policía Judicial al representado de la recurrente hasta que se emita el mandamiento correspondiente, como siempre se ha hecho, por el temor a que exista fuga.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- I.2.2. Informe del Funcionario Policial recurrido
- improcedente
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de libertad
- acciones de defensa
- ordenar la tutela
- III.3. El derecho a la libertad física o personal y las condiciones de validez para su restricción
- “esas medidas
- criterio restrictivo y se ejecutarán de modo que perjudiquen lo menos posible a la persona y reputación de los afectados.
- III.4. El caso en análisis
- la restricción al derecho a la libertad sólo será válida si se respetan las formas establecidas por ley
- La ejecución del mandamiento requerirá que éste emane de autoridad competente y que sea emitido por escrito,
- Por tanto