2822/2010-R

II.5.

II.5.  FRIMUP y Wilfredo Medina, suscribieron el documento de reconocimiento de deuda y compromiso de pago de 17 de marzo de 2008, por el cual el recurrente reconoció la deuda y se comprometió a honrar la misma conforme a lo descrito en la cláusula segunda, conviniendo que en caso de incumplimiento se instauraría demanda judicial coactiva y concluiría la relación existente entre su persona y FRIMUP (fs. 61 y 62).