2822/2010-R

II.6.

II.6.  El antes referido Frigorífico y Wilfredo Medina Mondocorre, mediante el acuerdo transaccional de 2 de mayo de 2008, estipulan en el punto 4 del documento, que la empresa autoriza la entrada del personal de Wilfredo Medina Mondocorre, con la condición de que el ahora recurrente continúe cancelando la suma de Bs2.- por res, por concepto de uso de área y servicios básicos; y que en caso de que omita los pagos descritos en el acuerdo, le será suspendido el ingreso  a los predios. De la misma manera en el punto 5, se dejó claramente establecido que dicho acuerdo tiene una vigencia de tres meses calendario computable desde el 2 de mayo hasta el 2 de agosto de 2008 (fs. 66 a 67).