Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0050/2010
Fecha: 10-Dic-2010
I.2. Admisión y citaciones
Por AC 0280/2010-CA de 1 de junio, la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, admitió el recurso directo de nulidad, disponiendo la citación mediante provisión citatoria de las autoridades recurridas, otorgándoles el plazo de veinticuatro horas, para remitir los antecedentes y cinco días para responder a la demanda (fs. 387 a 390; que fue cumplida el19 de agosto de 2010, conforme se evidencia de la diligencia de fs. 407 y 410.
- Cristina Elena Donoso Paz
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.1.2 Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Admisión y citaciones
- 1)
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- es un medio jurisdiccional reparador.
- Fragmento 14
- III.4. Sobre las competencias administrativas de los Gobiernos Municipales en el ámbito de su jurisdicción
- III.4.1. Sobre el Reglamento de Procedimiento Técnico Administrativo del Gobierno Municipal de La Paz, (OM G.M.L.P. 76/2004)
- III.5. Análisis del caso
- FUNDADO