SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2579/2010-R
Fecha: 06-Dic-2010
II.3.
II.3. Memorial de 20 de febrero de 2008, presentado por Renato Roca Arteaga y Rafael Roca Suárez, por el que solicitan al Juez Primero de Partido en lo Civil del Distrito Judicial de Beni, se los excluya del proceso ordinario sobre cumplimiento de contrato, puesto que no fueron ni son herederos de Zarela Suárez de Roca (fs. 51 a 52), solicitud que fue denegada por Auto de 31 de marzo de 2008 emitido por el Juez Primero de Partido en lo Civil y Comercial de la Capital, con el fundamento de que no es la instancia ni la oportunidad para deferir lo impetrado, máxime si dicho proceso fue revisado por una instancia superior y se encuentra bajo efectos del art. 517 del CPC (fs. 56 a 57 vta.), con dicha Resolución los demandados fueron notificados el 4 de abril de 2008 (fs. 58).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- III.2. Principio de inmediatez y modulación en cuanto al inicio del cómputo del plazo de seis meses
- solicitado enmienda, aclaración o complementación
- III.3. Análisis del caso de autos
- fue notificado a su representado el 30 de junio de 2008 (fs. 64),
- se hubiese solicitado enmienda, aclaración o complementación
- el mismo fue presentado el 3 de enero de 2009,
- APROBAR