SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2587/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2587/2010-R

Fecha: 06-Dic-2010

II.3.

II.3. Por Auto de 10 de agosto de 2006, el Juez recurrido declaró improbadas las excepciones opuestas por el demandado (fs. 500 a 501); la cual fue objeto de apelación por la recurrente mediante memorial de 30 de septiembre de 2006, haciendo hincapié que su persona en ningún momento renunció al proceso ejecutivo por lo que no se dio cumplimiento al art. 48 de la LAPCAF por lo que no podía ser demandada en la vía coactiva, y que además cuenta con legitimación pasiva, pues existe una sentencia que le condena como propietaria ganancialista de su bien inmueble (fs. 509 a 510).