Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2593/2010-R
Fecha: 06-Dic-2010
2º
2º Teniendo en cuenta el efecto inmediato de la concesión de tutela dispuesta por el Tribunal de garantías -resolución revocada-, y el tiempo transcurrido, en el marco de previsibilidad y por seguridad jurídica, con la facultad conferida por el art. 48.4 de la LTC, se dimensionan los efectos de la presente Sentencia Constitucional y se dispone que en caso de haberse dado cumplimiento a la Sentencia del Tribunal de Garantías y proseguido el proceso disciplinario, se mantienen válidas las actuaciones y resoluciones emergentes de dicha ejecución.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- III.2. Naturaleza subsidiaria del amparo constitucional
- subsidiario porque no puede ser utilizado si previamente no se agotaron la vías ordinarias de defensa
- III.3. Análisis del caso
- POR TANTO
- 2º