Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2600/2010-R
Fecha: 06-Dic-2010
APROBAR,
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 4.I y 6 de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010 denominada Ley de Necesidad de Transición a los Nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Público; 7 inc. 8) y 102.V de la Ley del Tribunal Constitucional, en revisión, resuelve APROBAR, la Resolución 48/2008 de 28 de noviembre, cursante de fs. 187 a 190 vta., pronunciada por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba; y en consecuencia, DENIEGA la tutela solicitada, sin ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada.
- recurso, ahora
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- ;
- Fragmento 4
- 1)
- i)
- a)
- denegando
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- SC 099/2010 de 10 de mayo
- III.3. Análisis del presente caso
- SC 1089/2010-R de 27 de agosto
- denegado
- APROBAR,