SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2600/2010-R
Fecha: 06-Dic-2010
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
En el memorial presentado el 29 de octubre de 2008, cursante de fs. 25 a 32 vta., los recurrentes manifiestan que dentro del interdicto de recobrar la posesión interpuesto por Victoria Escurra Vda. de Vega, María Gladis, Nemesio y Nora Vega Escurra, presentaron memoriales el 23 de septiembre y 16 de octubre de 2008 ante el Juez de Partido Mixto y de Sentencia de Capinota, que como autoridad de alzada debía resolver la apelación formulada contra la sentencia dictada dentro del referido proceso, pero pese al transcurso de diez o veinte días, no resolvió ese recurso ordinario, sin considerar que los arts. 8 inc. 5), 9, 90, 202 al 205, 208, 209 y 212 del Código de Procedimiento Civil (CPC) que disponen la pérdida de competencia de un juez por vencimiento de plazo.
- recurso, ahora
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- ;
- Fragmento 4
- 1)
- i)
- a)
- denegando
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- SC 099/2010 de 10 de mayo
- III.3. Análisis del presente caso
- SC 1089/2010-R de 27 de agosto
- denegado
- APROBAR,