Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2613/2010-R
Fecha: 06-Dic-2010
APROBAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confiere el art. 4 y 6 de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, denominada Ley de Necesidad de Transición a los Nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Público; arts. 7 inc. 8) y 102.V de la LTC, en revisión, resuelve, APROBAR la Resolución de 09/2010 de 29 de septiembre, cursante de fs. 169 a 171 pronunciada por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija; y en consecuencia DENIEGA la tutela solicitada, sin ingresar al análisis de fondo de la problemática.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- Fragmento 18
- III.3. Análisis del caso
- APROBAR