Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2613/2010-R
Fecha: 06-Dic-2010
II.8.
II.8. Por memorial de 12 de julio de 2007, los recurrentes interpusieron recurso de Revocatoria, el cual fue rechazado mediante Resolución Administrativa 99/2007, debido a que la Dirección de Desarrollo Urbano se encuentra imposibilitada de aprobar los lotes de terreno solicitados, debido a la anulación parcial de la Urbanización y que el reordenamiento no comprende esos lotes, además de la evidente sobre posición con terrenos de la Urbanización de Yamil Mendoza (fs. 47 a 53).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- Fragmento 18
- III.3. Análisis del caso
- APROBAR