Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2613/2010-R
Fecha: 06-Dic-2010
II.2.
II.2. Según Testimonio 295/2001 de 13 de julio, se tiene la escritura pública de crédito con garantía hipotecaria, por la suma de $US29 000.- que otorgan José Fernández Mamani y Simona Anastacia Quisbert Navarro a favor de David Basilio Mamani Condori y Melanio Martínez Martínez, garantizando el cumplimiento de la obligación con todos sus bienes habidos y por haber en especial con los lotes de terreno signados con los números 4, 5 y 6 del manzano “B” de la urbanización la “Unión Zona Aranjuez”, debidamente registrado en Derechos Reales bajo la partida 1603 del libro primero de propiedad agraria (fs. 3 a 5 vta.).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- Fragmento 18
- III.3. Análisis del caso
- APROBAR