SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2613/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2613/2010-R

Fecha: 06-Dic-2010

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

Por memorial presentado el 1 de marzo de 2008, cursante de fs. 83 a 87 vta., los recurrentes manifiestan que el 15 de junio de 2007, solicitaron a la Dirección de Desarrollo Urbano de la Alcaldía de Tarija, la aprobación de sus lotes de terreno, ubicados en la zona de Aranjuez, cantón “El Monte”, urbanización “Unión”, obtenidos mediante venta judicial, a través de la escritura pública 629/2002 de 20 noviembre, debidamente registrada en Derechos Reales (DD.RR.), señalando que dichos terrenos, según certificados de la Dirección de Desarrollo Urbano, a través de Catastro Urbano e impuestos Internos, pertenecían anteriormente a Isabel Soruco Soruco.

Indican que en la Dirección de Desarrollo Urbano del Municipio, les entregaron el informe legal 168/2007 de 3 de julio, donde se les indica que la urbanización “La Unión” fue anulada, antes de tomar conocimiento de la adjudicación, no existiendo trámite administrativo para la aprobación de los lotes otorgados en venta judicial, por lo que interpusieron recursos de revocatoria y jerárquico, que fueron resueltos por Resolución Administrativa (RA) 99/2007 y Resolución Municipal 19/2007 de 30 de agosto, justificando el rechazo de la aprobación de su trámite, porque procedió a la anulación del plano de urbanización “La Unión”, sin haberles dado a los presuntos propietarios la posibilidad de defenderse.