Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2613/2010-R
Fecha: 06-Dic-2010
II.4.
II.4. Por decreto de 1 de noviembre de 2001, se dispuso como medidas previas, la notificación a Derechos Reales para que informen sobre los gravámenes existentes en los bienes inmuebles dados en garantía hipotecaria, se notifique a Catastro para que practique el avalúo de los mismos y a la sección correspondiente de la Alcaldía Municipal para que informe sobre el pago de impuestos. (fs. 8 vta.)
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- Fragmento 18
- III.3. Análisis del caso
- APROBAR