SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2619/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2619/2010-R

Fecha: 06-Dic-2010

a)

El Director Distrital de Lagunillas, mediante informe presentado en audiencia señaló que: a) René Lara Avilés tiene varias denuncias en su contra por solicitar dinero y regalos a cambio de notas o libretas de aprobación; por lo cual, el recurrente suscribió acta de compromiso para enmendar todas las arbitrariedades y que fue una condición para someterlo a proceso administrativo; b) Con el fin de colaborarlo se lo contrata con recursos del Municipio; sin embargo, el recurrente lo denunció ante el Defensor del Pueblo, por lo que mediante oficio contestan a la mencionada denuncia y después de conocer las actuaciones de René Lara Avilés se ordenó el archivo de obrados; c) Posteriormente fue reincorporado con ítem de portero en la comunidad de “Temtapiao”, pero la comunidad solicitó su cambio por irregularidades y abandono de sus funciones; d) Respecto a la conminatoria de reincorporación en su fuente de trabajo, presentó oficio donde hizo conocer a la autoridad superior del SEDUCA que el recurrente nuevamente abandonó su trabajo, ante lo cual los alumnos del colegio de “Lagunillas” a través de un oficio rechazaron su presencia, además de que se le solicitó la presentación del certificado de notas del Centro de Profesionalización, el mismo que hasta la fecha no fue presentado; e) Nuevamente se lo designó como profesor interino de estudios sociales en la comunidad de “Temtapiao”, más no se presentó a trabajar en el lugar donde fue designado; y, f) Se informó a SEDUCA que el recurrente rindió examen de categoría y que por quinta vez fue reprobado debiendo conforme a la norma dejar de trabajar.