SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2619/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2619/2010-R

Fecha: 06-Dic-2010

deniega

El Juez Segundo de Partido y Sentencia de Camiri-Provincia Cordillera, constituido en Juez de garantías, pronunció la Resolución 342/08 de 6 de octubre de 2008, cursante de fs. 36 a 37 vta., por el que deniega el recurso, con costas, en mérito a los siguientes fundamentos: i) La situación que en marzo fuera retirado de las planillas por abandono debe tener un tratamiento interno; ii) El recurrente a partir del mes de abril fue restituido a sus funciones por instrucciones superiores, estableciéndose que existe un acto consentido y que su destitución ha sido aceptada a través del memorando de designación, por lo que sigue ejerciendo funciones ejecutivas; iii) Ciertas autoridades que no le permiten ejercer el cargo de profesor, por lo que la acción debió estar dirigida contra aquellas autoridades o particulares que restringen sus derechos; y, iv) No ha demostrado vulneración de sus derechos, por cuanto sigue cumpliendo su función de docente y el pago del mes de marzo puede exigir con las debidas justificaciones en la vía interna.