SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2628/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2628/2010-R

Fecha: 06-Dic-2010

disponiendo que se interpondrá siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados

El art. 129.I de la Ley Fundamental, establece la naturaleza subsidiaria de esta acción tutelar, - concordante con la previsión del art. 94 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC) y la jurisprudencia constitucional-, disponiendo que se interpondrá siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados; por cuanto la jurisprudencia al respecto, es de aplicación en las acciones de amparo constitucional analizados bajo el marco de la Constitución Política del Estado.