SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2628/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2628/2010-R

Fecha: 06-Dic-2010

II.2.

II.2.  Mediante, oficio CITE: H.A.M.S. 045/08 de 17 de septiembre de 2008, Casilda Flores Clemente, como Alcaldesa Municipal del referido Municipio, comunicó al recurrente, su intención de resolución del contrato, debido a que la empresa habría suspendido la provisión de desayuno escolar sin justificación, afectando a los beneficiarios, quienes presentaron reclamos acerca del incumplimiento y la calidad del desayuno escolar (fs. 46). El 19 de septiembre de ese año, el ahora recurrente hizo conocer al Gobierno Municipal de Soracachi, su extrañeza por la nota enviada (fs. 48).