Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2645/2010-R
Fecha: 06-Dic-2010
II.2.
II.2. Habiendo la “Empresa Boliviana de Distribución S.A.”, por memoriales de 4 y 15 de julio de 2003, interpuesto recurso de reposición contra el Auto de Admisión, y excepciones de incompetencia, incapacidad e impersonería del demandante, incapacidad e impersonería del demandado, oscuridad, contradicción e imprecisión en la demanda y de prescripción, que fueron resueltas por Autos 108/03 y 109/03 de 21 de julio del mismo año, que dispusieron dejar sin efecto la retención de fondos, manteniéndose firmes las medidas precautorias; y, rechazándose las excepciones opuestas (fs. 182 a 184; 186 a 191 vta.; 361 a 362 vta.), Resolución última que fue recurrida en apelación.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantía
- concedió
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- Fragmento 12
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- “accionante”
- “denegar”
- III.3. Fundamentación del fallo judicial
- III.4. Análisis del caso
- APROBAR