Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2645/2010-R
Fecha: 06-Dic-2010
II.5.
II.5. Contra dicha Resolución, por memorial cursante de fs. 966 a 968, Artur Osti Neto interpuso recurso de reposición bajo alternativa de apelación, y que habiendo sido confirmada por Auto de 18 de febrero de 2008 (fs. 976), dispuso conceder el recurso en efecto devolutivo, que habiendo sido resuelto por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, revocó el Auto apelado, disponiendo nuevamente el embargo y la anotación preventiva del inmueble ubicado en la U.V. 40, manzana 67 inscrito en Derechos Reales (DD.RR.) en el asiento B6 de la matrícula 701199026910.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantía
- concedió
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- Fragmento 12
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- “accionante”
- “denegar”
- III.3. Fundamentación del fallo judicial
- III.4. Análisis del caso
- APROBAR