SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2657/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2657/2010-R

Fecha: 06-Dic-2010

concede

La Jueza de Partido Mixta y de Sentencia de Cliza del Distrito Judicial de Cochabamba, constituida en Jueza de garantías, pronunció la Resolución 05/08 de 17 diciembre de 2008, cursante de fs. 82 a 85 vta., por la que concede la tutela solicitada, disponiendo la nulidad del proceso administrativo interno y de la Resolución 036/2008; en consecuencia, la reincorporación al Concejo Municipal en forma inmediata y el pago de sus remuneraciones retenidas, con el siguiente fundamento: 1) Se evidencia que Justina Nogales Encinas, en su condición de Presidenta del Concejo, resuelve declarar procedente y dar estricto cumplimiento a todo el informe presentado por la Comisión de Ética, que ella misma preside y resuelve de forma unipersonal, sin contemplar la serie de errores de procedimiento, atribuyéndose todas las prerrogativas que ve por conveniente; 2) Al emitir la minuta de comunicación 105/2008, donde se instruye el pago del salario del recurrente solo por dieciséis días, se ha vulnerado su derecho a una remuneración justa por su trabajo; 3) Los recurridos, en audiencia han reconocido de forma unánime que el informe final de la Comisión de Ética, vulnera los derechos y garantías constitucionales del recurrente; 4) El recurso de reconsideración, si bien ha sido resuelto después de más de un mes; sin embargo, no se han restablecido sus derechos; y, 5) Los Concejales recurridos, no sólo han actuado al margen de sus atribuciones establecidas en los arts. 61 y 63 del Reglamento Interno del municipio de Tolata y 34, 35, 36 y 37 de la LM, sino que han atentado contra su derecho a ejercer la función pública para el cual ha sido elegido, también han lesionado el orden democrático, al debido proceso, a la “seguridad” e igualdad jurídica y al trabajo.