Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2673/2010-R
Fecha: 06-Dic-2010
II.5.
II.5. Cursa el Auto de 24 de octubre de 2008, por el cual el Concejo Municipal de Coroico, responde al memorial de 20 de octubre de 2008, en cuya providencia señala que a efectos de dar la certificación solicitada y las fotocopias pertinentes, los impetrantes deben señalar la fecha en la cual se hubiere efectivizado la sesión a la cual hacen referencia (fs. 40).
- del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- a)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.4. Mediante memorial presentado el 23 de octubre de 2008,
- II.5.
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de
- “accionante”
- III.3. El amparo constitucional y su naturaleza subsidiaria
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- reconsideración
- concedido
- Por tanto
- 2º