Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2679/2010-R
Fecha: 06-Dic-2010
a)
a) Para la designación existe el DS 27431, mismo que señala la forma y procedimiento de designación y posesión de Consejeros; en el presente caso se cumplió con lo que establece el Decreto Supremo mencionado, cuyo art. 13 establece la forma de reelección, y su permanencia hasta la designación de nuevos Consejeros, lo que se produjo con la designación de Jorge Quispe y Wilfredo Silva mediante la Resolución Municipal de Santiago de Machaca y el acta de la sesión ordinaria 44/08 del Concejo Municipal de Viacha.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- a)
- b)
- d)
- denegando
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2.Términos procesales en la acción de amparo constitucional
- colectiva.
- como el único medio de defensa, para la protección inmediata del derecho o garantía,
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- III.4. Sobre el derecho de petición
- que no acudieron a los recursos de revocatoria y jerárquico,
- APROBAR