SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2720/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2720/2010-R

Fecha: 06-Dic-2010

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente, ahora accionante, manifestó que se vulneraron sus derechos y, a la seguridad jurídica, a la tutela judicial efectiva a la legalidad y la garantía al debido proceso, , por cuanto: la Corte Suprema de Justicia dictó el Auto Supremo 155/2008, en el que dispuso ilegalmente la designación de abogados del ejercicio libre para conformar Sala Plena en la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, en atribución del art. 85 de la LOJabrg, en total contradicción con la jurisprudencia constitucional vinculante que sobre el tema dispuso ser una flagrante violación al derecho del juez natural, juntamente al debido proceso, siendo lo correcto que el Distrito Judicial más próximo sea quien conozca la causa en caso de no conformar Sala Plena ante excusas y/o recusaciones que impidan dicho cometido. Corresponde analizar, en revisión, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales del accionante, a fin de otorgar o denegar la tutela solicitada.