SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2731/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2731/2010-R

Fecha: 06-Dic-2010

III.3. Finalidad de la notificación

La uniforme jurisprudencia constitucional, señaló que si la notificación, aunque defectuosa cumplió la finalidad de hacer conocer al destinatario la determinación judicial, es válida, razonamiento reiterado por la SC 1193/2010-R de 6 de septiembre, entre otras: “… la notificación es el acto de comunicación más importante (del proceso) que permite el ejercicio del derecho a la defensa y hace efectivo el principio de contradicción, que prohíbe a las autoridades judiciales o administrativas, emitir una resolución sin que previamente las partes hubieran tenido oportunidad de ser oídas, consagrando la inviolabilidad de la defensa en juicio y de los derechos; pues, al encontrarse ambas partes en igualdad de condiciones, deben tener conocimiento de todas las resoluciones o actos procesales que dicte el órgano jurisdiccional o administrativo al que se hallen sometidas.